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Nacionalidad española
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Procedimientos para obtener la nacionalidad Española: residencia y ley de nietos
La nacionalidad española puede obtenerse a través de distintos procedimientos, como la nacionalidad por residencia y la nacionalidad por la Ley de Nietos, ambos ofreciendo importantes beneficios. En ambos casos, la obtención de la ciudadanía española otorga derechos como el acceso completo a los servicios de salud y educación, la posibilidad de votar en elecciones nacionales y locales, y la libertad de residir y trabajar en cualquier país de la Unión Europea.
Obtención de la nacionalidad española y sus beneficios
Gestionamos la obtención de tu nacionalidad española
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Asistencia personalizada con un gestor dedicado exclusivamente a tu caso
Asesoría para resolver cualquier duda o consulta durante el proceso
¿Qué es la nacionalidad por residencia en España?
La nacionalidad por residencia es un procedimiento legal que te permite obtener la ciudadanía española después de haber residido legalmente en España durante un tiempo determinado.
Este proceso es adecuado para quienes buscan establecerse de forma permanente en el país y beneficiarse de todas las ventajas de la ciudadanía española.
Beneficios y requisitos para obtener la nacionalidad Española:
Beneficios de la obtención de la nacionalidad española por residencia en España:
- Participación en elecciones: Derecho a votar en elecciones nacionales y locales.
- Servicios de salud y educación: Acceso completo a estos servicios.
- Movilidad en la UE: Libertad para residir y trabajar en cualquier país de la Unión Europea.
- Seguridad legal: Mayor estabilidad y seguridad en tu estatus legal en España.
Requisitos para poder solicitar la nacionalidad por residencia en España:
- Residencia Ccontinua: Vivir en España de 5 a 10 años, según tu nacionalidad.
- Conducta ejemplar: Mantener un comportamiento conforme a las leyes españolas.
- Conocimiento del idioma y cultura: A veces se requiere demostrar dominio del español y conocimiento cultural.
Documentación para la solicitud:
Documentación general para la solicitud:
- Pasaporte: Copia completa del pasaporte válido.
- Tarjeta de Residencia: Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) o Cédula de Identidad de Extranjero (CUE) en vigor.
- Certificado de Nacimiento: Legalizado o apostillado, traducido al español por traductor jurado si es necesario, con fecha de emisión no superior a 3 meses.
- Certificado de Antecedentes Penales.
- Pago de Tasa: Tasa 790 código 026.
- Certificados de Exámenes: Incluir el certificado de los exámenes DELE A2 y CCSE una vez aprobados.
- Medios Económicos: Demostrar medios económicos suficientes con un contrato de trabajo o certificado bancario mostrando al menos 25.920€ (200% del salario mínimo en España).
Documentación adicional dependiendo de las circunstancias:
- Nacidos en España: Certificado de nacimiento del interesado emitido por el Registro Civil español, reciente (máximo 3 meses).
- No optaron por la nacionalidad a tiempo: Documentación que demuestre estar en uno de los casos del Artículo 20.1 del Código Civil, como el certificado de nacimiento del padre/madre español, el certificado de nacimiento inscrito en un Registro Civil español, o una resolución judicial de adopción.
- En tutela, guarda o acogimiento no provisional:
- Acogimiento familiar: Auto del Tribunal designando a la persona encargada.
- Acogimiento institucional: Resolución de la institución que asume la tutela, guarda o acogimiento.
- Refugiados y apátridas: Documentación del Ministerio del Interior que puede reemplazar el certificado de nacimiento, antecedentes penales del país de origen, y pasaporte.
- Casado/a con español/a:
- Certificado de nacimiento del cónyuge español (máximo 3 meses).
- Certificado de matrimonio (máximo 3 meses).
- Certificado de convivencia o empadronamiento conjunto del último año.
- Copia del DNI del cónyuge.
- Viudo/a de un ciudadano español:
- Certificado de nacimiento del cónyuge español.
- Certificado de matrimonio (máximo 3 meses).
- Certificado de convivencia o empadronamiento conjunto a la fecha de fallecimiento del cónyuge.
- Certificado de defunción del cónyuge.
- Descendiente de español: Certificado literal de nacimiento del cónyuge español.
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La Ley de nietos, también conocida como Ley de memoria democrática, ha sido formalmente sancionada en el Congreso de los Diputados
Con esta normativa, los descendientes directos de españoles, es decir, hijos y nietos, podrán adquirir la nacionalidad española sin la necesidad de residir en España por un tiempo específico.
¿Quién puede aplicar la ley de nietos?
- Personas nacidas fuera de España de padres o abuelos españoles. Aquellas personas nacidas fuera de España cuyos progenitores o abuelos fueran originalmente españoles y que, debido a haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas, religiosas o por su orientación e identidad sexual, perdieron su nacionalidad o renunciaron voluntariamente a ella.
- Personas españolas que perdieron su nacionalidad al contraer matrimonio con extranjeros. Hijos e hijas nacidos fuera de España de mujeres españolas que perdieron su ciudadanía al casarse con extranjeros antes de que entrara en vigor la Constitución de 1978.
- Hijos e hijas mayores de edad de españoles a quienes se les reconoció su nacionalidad de origen mediante el derecho de opción, según lo establecido en esta Ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre.
Documentación necesaria para pedir la
solicitud de nacionalidad por ley de nietos
Documentación que debe presentar el solicitante para demostrar el vinculo de parentesco:
- Documento de identidad.
- Certificado literal de nacimiento.
- Certificado de nacimiento del ascendiente (padre, madre, abuelo o abuela) que fue español de origen.
- Si se solicita por un abuelo/a, también se debe presentar el certificado de nacimiento del padre o madre que conecta con la línea familiar del español original.
En caso de que la solicitud de nacionalidad esté vinculada a un familiar que sufrió exilio, será obligatorio aportar la siguiente documentación adicional:
- Comprobantes de haber recibido pensiones de la administración española.
- Documentos de la Oficina Internacional de Refugiados de la ONU o de las oficinas de refugiados de los países de acogida.
- Certificados o informes emitidos por partidos políticos, sindicatos u otras entidades reconocidas por autoridades españolas o del país de acogida, que estén vinculadas al exilio.